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Normas y leyes · España · 2026-09-23

España: desde el 1 de octubre las embarcaciones de alquiler exigen titulación

Desde el 1 de octubre de 2026, quien alquile una embarcación de recreo a motor en España deberá contar con licencia de navegación o la titulación correspondiente. El Real Decreto 1188/2025 modifica el artículo 10 del Real Decreto 875/2014 y suprime la excepción que permitía alquilar barcos de hasta 5 metros y 15 CV sin ningún título.

La excepción se mantiene solo para uso privado y deportivo: 18 años cumplidos, navegación de día y sin alejarse más de dos millas náuticas del puerto, la marina o la playa de salida. Las embarcaciones de vela de hasta 6 metros y los artefactos de playa quedan fuera.

Las empresas de alquiler tendrán que revisar la documentación del cliente, y quien contaba con un barco sin titulación hará bien en sacarse la licencia o contratar un patrón.

Fuente: El Estrecho Digital

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