España: desde el 1 de octubre las embarcaciones de alquiler exigen titulación
Desde el 1 de octubre de 2026, quien alquile una embarcación de recreo a motor en España deberá contar con licencia de navegación o la titulación correspondiente. El Real Decreto 1188/2025 modifica el artículo 10 del Real Decreto 875/2014 y suprime la excepción que permitía alquilar barcos de hasta 5 metros y 15 CV sin ningún título.
La excepción se mantiene solo para uso privado y deportivo: 18 años cumplidos, navegación de día y sin alejarse más de dos millas náuticas del puerto, la marina o la playa de salida. Las embarcaciones de vela de hasta 6 metros y los artefactos de playa quedan fuera.
Las empresas de alquiler tendrán que revisar la documentación del cliente, y quien contaba con un barco sin titulación hará bien en sacarse la licencia o contratar un patrón.
Fuente: El Estrecho Digital